viernes, 4 de marzo de 2016

DESCARGATE LO QUE MAS DESESAS


Ya no pueden elegir entre multa o expulsión como hacían antes

No se trata de una noticia sensacionalista y voy a explicarla en este artículo para no crear alarma sino informar de que se ha producido un cambio en la doctrina que mantenían los jueces y magistrados en España sobre esta cuestión de qué hacer cuando un extranjero está ilegal en España.



La doctrina que mantienen los jueces son criterios que comúnmente establecen acerca de las normas y su interpretación para decidir sobre el mismo asunto de manera similar de tal forma que, todas las sentencias sigan la misma línea.

Esto es así porque no tendría sentido, ni sería seguro para nadie, que dependiendo del juez, la decisión pudiera ser totalmente diferente para un caso de características similares…

Pues bien, acerca de este asunto de qué hacer cuando un extranjero está ilegal en España, había establecida una doctrina bastante benévola, que consideraba como primera opción en la mayoría de casos, la imposición de multa en lugar de expulsión cuando se encontraba que un extranjero estaba en nuestro país de forma ilegal y éste recurría ante los tribunales.

La noticia es que ya se está aplicando en España la Directiva europea 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular, que cambia el criterio jurisprudencia y los jueces y Magistrados españoles se ven obligados a cambiar sus decisiones por lo que Europa ha dispuesto.

Ya no pueden elegir entre multa o expulsión como hacían antes.

Esto es porque, como sabrás, España está obligada a aplicar las Directivas europeas al igual que el resto de Estados para que haya cierta uniformidad legal en Europa.

Esta directiva es bastante perjudicial para los extranjeros que se ven en la situación de que estar irregulares en España y que en caso de que se les inicie un procedimiento de expulsión tendrán menos posibilidades de que si recurren a los tribunales la decisión Administrativa de Expulsión, éstos impidan la ejecución de esa resolución administrativa. 

Así que, si antes, en la legislación española se establecían dos opciones posibles cuando un extranjero no tenía papeles en España: multa o expulsión con la nueva Directiva europea, sólo se contempla como consecuencia  a la estancia irregular (sin papeles) en el Espacio Schengen, la medida de expulsión.

Ante esta contradicción entre lo establecido en España en la ley de extranjería y la Directiva Europea, un tribunal español preguntó al Tribunal europeo qué sucedía entonces con la legislación y doctrina vigente en España que era contraria a la Directiva.

A esto responde Europa indicándole a España que debe aplicar lo dispuesto en la Directiva, que tiene prevalencia sobre el Derecho Nacional.

Esto no era de extrañar teniendo en cuenta que por jerarquía de normas, la legislación europea está por encima de la legislación nacional, debiendo siempre adaptarse cada Estado a lo que comúnmente se ha establecido como Derecho.

De esta manera, ahora ya no se aplica la doctrina que era más beneficiosa para los extranjeros sino la impuesta por Europa.

Hay que resaltar que lo peor de la expulsión no es la expulsión en sí sino la prohibición de entrada que habitualmente se impone de 5 años que impide el regreso o entrada a España durante ese tiempo.

Extracto de la Directiva: “Los Estados miembros dictarán una decisión de retomo contra cualquier nacional de un tercer país que se encuentre en situación irregular en su territorio, sin perjuicio de las excepciones contempladas en los apartados 2 a 5.”

No obstante, hay algunos casos en los que no se ejecutará la “decisión de retorno” que es un eufemismo que usa la Directiva para que no suene tan grave como “expulsión”. 

Por ejemplo, establece que no se dictará una “decisión de retorno” si se valora en el caso concreto que:

a) debe prevalecer el interés superior del niño
b) debe protegerse la vida familiar
c) debe considerarse el estado de salud del extranjero a quien se pretenda expulsar


También se permite que España siga concediendo autorizaciones de residencia por arraigo después de 3 años a los extranjeros en situación irregular aunque tengan una orden de expulsión anterior e incluso prohibición de entrada por causa de la orden de expulsión no ejecutada.

¿Has agotado tu protección por desempleo y el PREPARA y ninguna de las vías se adecua a tu situación?

Se trata de un programa específico y extraordinario de carácter temporal, dirigido a personas desempleadas de larga duración que comprende políticas activas de empleo e intermediación laboral gestionadas por los Servicios Públicos de Empleo con la finalidad de incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo y ofrece una ayuda económica de acompañamiento gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal, vinculada a la participación en las mencionadas políticas de activación para el empleo.
Para ser admitidos en el programa y obtener el reconocimiento de la ayuda económica de acompañamiento, las personas desempleadas deberán presentar, previa cita, la solicitud de incorporación al programa, en modelo oficial, en la oficina de prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal, entre el 15 de enero de 2015 y el 15 de abril de 2016.
Se podrá acceder al mismo una sola vez.
Podrán ser beneficiarias del programa las personas desempleadas que, a la fecha de presentación de la solicitud de incorporación al mismo, reúnan los siguientes requisitos:
  • Haber transcurrido al menos seis meses desde el agotamiento de alguna de las siguientes ayudas o prestaciones: la Renta Activa de Inserción (RAI), cuando se haya agotado el tercer derecho a la misma; el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción (PRODI); o el Programa de Recualificación Profesional de las Personas que Agoten su Protección por Desempleo (PREPARA). Además, si posteriormente se hubiera percibido la prestación por desempleo o el subsidio por desempleo, deberán haber transcurrido al menos seis meses desde su agotamiento. No se considerará agotamiento la extinción derivada de una sanción o baja en el derecho por causa imputable al beneficiario.
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo competente a fecha 1 de diciembre de 2014. Este requisito se entenderá cumplido en los supuestos en que el trabajador, aún no estando inscrito como demandante de empleo en dicha fecha, tenga interrumpida la inscripción debido a la realización de un trabajo por cuenta ajena, siempre que la duración del contrato haya sido por tiempo inferior a 90 días.
  • Haber permanecido inscrito como demandante de empleo durante 360 días en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de incorporación al programa.
  • Carecer del derecho a la protección contributiva o asistencial por desempleo, o a la renta activa de inserción.
  • Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena previamente al agotamiento del último derecho de los contemplados en el primer punto. Además, si se hubiera trabajado tras el agotamiento de dicho derecho, haber cesado de forma involuntaria en el último trabajo realizado.
  • Carecer de renta de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario minimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, y acreditar responsabilidades familiares. A estos efectos no se tendrán en cuenta las rentas derivadas de las actividades compatibles con la ayuda.
A efectos del acceso al programa no se considerará desempleado a quien en la fecha de solicitud de incorporación al mismo se encuentre trabajando por cuenta ajena a tiempo parcial.

5 PUNTOS PARA VERSE BELLA TODO LOS DIAS




Lucir bien no tiene que significar gastar demasiado o sufrir mucho. Solo saber elegir y aplicar sencillos consejos. Aquí una lista de consejos básicos.


1: Nunca subestimes el poder de las cremas hidratantes 


No importa si tu piel es seca, normal, o grasosa. No tienes que invertir en muchas cremas, con un sólo producto que sea bueno puedes tener una piel de ensueño. (Si este mes no te alcanzó para esa
crema hidratante, busca nuestro artículo de esta semana sobre ‘mascarillas naturales’… la miel y la avena son muy hidratantes) 

‘A veces lo único que necesitas es una buena crema hidratante y un limpiador suave para quitarle años a tu cara’, afirma Rhoda Narins, MD profesora de la Universidad de Nueva York y presidente de la Sociedad Americana de Cirugía Dermatológica. ‘Cuando la piel está seca, cada arruga se acentúa, haciéndote parecer más vieja’. 

Si estás en tus 20 o 30 años, dicen los médicos, las cremas hidratantes te darán la protección que necesitas para prevenir el envejecimiento prematuro, afirma el cirujano plástico de Park Avenue, Darrick Antell, MD. 

Pero entonces, ¿Qué es una ‘buena’ crema hidratante para ti? El Dermatólogo Carlos E. Crutchfield III, MD, dice: ‘Es un producto que añade humedad y sella la que ha logrado, permitiendo a la piel producir más humedad’. Lo que necesitas es ver que crema debes escoger según las necesidades individuales de tu piel. 

Si la piel va de normal a seca, busca cremas hidratantes que contengan ácidos alfa hidróxidos. Ellos ayudan a la piel a producir más humedad por sí misma, afirma Crutchfield, profesor clínico asociado de dermatología en la Escuela de Medicina de la Universidad de Minnesota. 

Si la piel es muy seca, se sugieren productos que utilicen una tecnología llamada emulsión vesicular. ‘Esta tecnología utiliza esferas microscópicas que constituyen capas que alternan la humedad y el agua, obteniendo una hidratación continua", dice Crutchfield. Si la piel es grasosa, busca una crema hidratante suave y ligera. ‘La grasa no es humedad; así tengas exceso de grasa aún necesitas humectarte’. 


  2: El protector solar es el mejor producto Antienvejecimiento. 



Antes de ver un cirujano plástico, antes de gastar la mitad del sueldo en cremas anti-envejecimiento, ponte protector solar. Todos sabemos que el protector solar reduce el riesgo de cáncer de piel, pero ¿También sabes que es un secreto asombroso de belleza que ayuda a mantener una piel joven? Las personas que se exponen mucho al sol se arrugan mucho antes de su tiempo. 

Sin la protección del filtro solar, si expones tu piel (aunque sea sólo por un par de minutos) todos los días al sol (y no necesariamente a un día soleado, pues los rayos UV atraviesan esas nubes grises), en poco tiempo verás cambios notables en la piel, sostiene la Academia Americana de Dermatología. 

‘No sólo van a aparecer más arrugas y líneas, sino también manchas y venitas’. La piel se vuelve áspera y floja, todo gracias al sol. Crutchfield aconseja elegir un protector solar con SPF 15 o más. Aplica cada hora o dos, y usa el protector solar regular antes de ponerte el maquillaje. 

 3: Elige tu limpiador con prudencia. 

Si lo que usas diariamente para limpiarte la cara es agua y jabón, puedes ir reconsiderando tu estrategia de limpieza. Los dermatólogos dicen que uno de los mejores consejos de belleza es utilizar un limpiador suave y utilizarlo con moderación. 
Lavarte la cara con demasiada frecuencia - más de dos veces al día - puede hacer que dañes la barrera lipídica natural, la cual es el manto protector que mantiene tu piel lubricada para que luzca y se sienta saludable. 

‘Una vez que la protección se pierde y la barrera de impermeabilidad se interrumpe, la piel se vuelve seca’. Esto, además de hacerte lucir vieja, puede producir picazón, ardor y escozor, dice Crutchfield. Lava tu piel no más de dos veces al día y elige tu limpiador sabiamente


 4: Utiliza las herramientas adecuadas para el trabajo adecuado 

Puedes tener sombras de ojos marca Dior, base Chanel, bronceador Clarins y delineador Yves Saint Laurent. Sin embargo, si no tienes las herramientas adecuadas de aplicación, los beneficios de estos productos se perderán. 

Los cepillos y las brochas deben ser suaves, pero también tener sustancias para que los productos se puedan distribuir a lo largo de la superficie de tu piel. Si mojas un pincel en la sombra o rubor y el color se cae antes de llegar a tu cara, este es un pincel malo, dicen los expertos. Si vas a invertir en buenos productos, elige buenas herramientas de maquillaje. Sólo tienes que hacerlo una vez. 


Si llegas a tu reunión de exalumnos y tus amigos te dicen que pareces una foto, corre, corre, corre hacia el salón de belleza más cercano. ‘Idealmente, tu imagen, incluyendo el cabello y maquillaje, deben renovarse al menos cada dos años’, afirma el experto de Beverly Hills, Nick Chávez. Mantén un aspecto moderno, dice Chávez, pues te verás más joven. Si ha pasado un tiempo largo desde que has tenido un cambio, aprovecha y vete a tu peluquería y tienda de belleza y no tengas miedo de pedir ayuda. Este mes no compres esas botas que tanto quieres, invierte en ti. Acuérdate, es una vez cada dos años. 

HACIENDA PONE LA LUPA A LOS INQUILINOS DE PISOS ALQUILADOS

Durante esta semana hemos conocido que la Comunidad de Madrid está reclamando a los inquilinos el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Este impuesto -transferido a las Comunidades Autónomas - es un impuesto, que aunque existente en nuestro ordenamiento para otras transmisiones, tradicionalmente no se ha exigido a los arrendatarios, por cuestiones de oportunidad y técnicas sobre las que no vamos a profundizar excesivamente en este post.
Tal era su "inaplicación", que ni siquiera se desarrolló por la normativa autonómica, dejando  su desarrollo a la normativa estatal.

Aún a falta de saber si va a cundir el ejemplo en otras Comunidades Autonómas. Este hecho evidencia un cambio de tendencia del legislador que ha pasado de incentivar el alquiler y bonificarlo a gravarlo y aumentar la presión sobre esta relación contractual. Quizás, por una voluntad de aumentar la adquisición de viviendas.

Tal fue así con la supresión de la deducción por alquiler de vivienda habitual para el inquilino y la homogenización de las reducciones al arrendador que entró en vigor  el 1 de Enero de 2015, y que se aplicará en la actual campaña de Renta por primera vez.

De hecho en el Plan Anual de control tributario y aduanero  2015 - Plan antifraude-, se prevee expresamente la realización de actuaciones presenciales para aquellos "alquileres no declarados".
Plan que se materializó durante el pasado año 2015 en un total de 5470 actas de inspección de alquileres y una investigación de aproximadamente 28.000 movimientos bancarios.

Es por ello, que debemos ser especialmente cuidadosos en el cumplimiento de las obligaciones fiscales en nuestros alquileres. Sobre todo con la vista puesta en la próxima campaña de la renta, máxime, si pensamos en la batería de recursos que tiene Hacienda para detectar el alquiler   (declaración de la renta de los inquilinos, solicitudes de becas, ayudas al transporte, solicitudes de plazas escolares, etcetera).

Diez Consejos a tener en Cuenta a la hora de Contratar un Seguro Coche

A la hora de comprar un seguro de coche, debemos tomar en cuenta que la contratación de seguros es  primordial. Dependiendo de las coberturas, estos aseguran a las personas,  o que no se tenga problemas con respecto de los robos o daños en nuestro coche. Debemos tener en claro muchos aspectos, como cual sera el grado de uso del coche. 


1º Nunca te guíes por un seguro barato



Debemos mencionar que muchos se basan por el precio exclusivamente. Y es un gran error que podemos acabar pagando de mas. Una vez que nos ponemos al volante puede suceder miles de imprevistos ante los que mas vale estar lo mejor cubierto posible 


         2º Cobertura del seguro

Muchas veces, al contratar un seguro, solo nos fijamos en lo básico, pero la cobertura es algo para tomar en cuenta. Lo barato a veces sale caro, pero se puede encontrar seguros completos  a buen precio. Hay que saber buscar dentro del mercado de seguros algo que se amolde a nuestras necesidades. De nada sirve contratar un seguro a  todo riesgo para un coche viejo y destartalado, o pagar mas por coberturas absurdas de las que jamas vamos a hacer uso.


    3º Precio del seguro

Existen diversas Aseguradoras de coche en el mercado que compiten y ofrecen distintos paquetes de seguro de coche; de esta manera, tenemos una gran oportunidad de encontrar seguro a nuestra expectativas. Hay muchas factores que incrementan el precio de seguro. Por ejemplo, el historial de partes en la compañía actual (si es que la tenemos), la antigüedad del carnet, la potencia, marca y complementos del coche, si se guarda o no en garaje, e incluso el genero de los conductores. Normalmente a igualdad de condiciones y dependiendo del país, las mujeres obtienen precioso mas asequible

                      4º Crear nuestro propio paquete

Hay aseguradora que ofrecen diversos paquetes de seguros de coche, y nos ayudaran a crear uno personal y aunque pueda tener un costo mayor. este puede ser mejor de cara a las necesidades que cubrir.


                       5º Verificar nuestra póliza

Es importante analizar todo lo que dice de nuestra póliza de seguro, de esta forma , se reducirá el posible mal entendido y es que una póliza es algo que muchas personas dejan de 
leer. Debemos consultar cualquier duda directamente con el departamento de atención al cliente de la aseguradora, o corredor con el que contratemos el seguro.

6º Verificar que el contrato coincida con la póliza

Al contratar nuestro seguro de coche, contamos con una copia del contrato y la póliza por lo que antes de firmar, debemos verificar que estos coincidan. Y sobre todo, debes llevarla siempre con nosotros en la guantera del coche 

7º Sopesar si solicitar o no la cobertura de daños propios

Esto es conocido mas comúnmente por todo riesgo, si bien cabe puntualizar que no ninguna póliza que cubra cualquier riesgo que pueda suceder. Es mas, en esta modalidad hay un tope según la tasación que se haga del automóvil, y también se pueden incluir franquicias. Normalmente hay eventualidades, como ejemplo los desastres naturales, en los que las compañías de seguros no entran. Este tipo de cobertura suelen ser algo cara. Nos compensara sobre todo si el vehículo es nuevo, o tiene un gran valor . Incluso hay marcas de coches que regalan un año o dos de seguro a todo riesgo con la compra del coche. La mayor parte  de la gente suele contratarlo entre los 3 y 5 primeros año de vida del coche

            8º Seguro a terceros, el más solicitado

Es mas económica que el anterior .Lo ideal es que cuando el coche va teniendo unos años mas de uso, pasamos a este tipo de seguro. Debemos tener claro que este es el tipo de póliza mas solicitado. cubre el seguro obligatorio y los daños que causemos a terceras personas, pero no cubrirán los daños en nuestro vehículo o las personas que vayan en el .


              9º Infraestructura de la aseguradora

Hay compañías que no tienen oficinas, o solo tiene en las capitales. Esto ocasiona una burocracia tremenda que puede acabar por desesperarnos. Debemos valorar si nos compensa enfrentarnos a un riesgo sin tener total confianza en que la aseguradora vaya a responder rápido y de manera eficiente. Aunque a decir verdad, hay compañías con las que se puede contratar un seguro de coche por Internet, y son verdaderamente responsable 



10º Comprobar la asistencia en carretera

La asistencia en carretera es uno de los puntos mas importante en un seguro de coche. Debemos comprobar que una póliza incluya esta asistencia y analizar si existe algún tipo de limitación en cuanto a la distancia en kilómetro que admite para llevar el coche al taller desde el sitio del siniestro, porque si no, podremos vernos obligados a desembolsar una cantidad importante  por el traslado del coche a un  taller  cercano. Y ya no digamos si nuestro intención es llevarlo a nuestro taller de confianza, ya que se supone que el vehículo puede pasar varios días en el taller, y por lo tanto lo mas lógico es coger uno que este en nuestra ciudad para no tener que realizar otro viaje a la hora de recoger el coche al arreglado


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Semana Santa Madrid 2016

 
Descubre todo lo que Madrid puede ofrecerte estos días festivos: arte, fiesta,  gastronomía, actividades en familia..

Una de las cosas buenas que tiene Madrid, es  que aunque solo tengáis cuatro días libres para visitarla, da tiempo de volverse con la sensación de haber visto lo mas importante. Para eso os vamos a echar una mano con esta  selección  de cosas que podéis hacer en Madrid en Semana Santa. A las torrijas y las procesiones se suman muchos otros planes para hacer con los amigos, la pareja o la familia en Madrid. Cuatro días  de turismo diferente y de diversión asegurada. Y si os quedáis con ganas  de mas, siempre podéis volver a visitar la ciudad en otra época.



Mira el paso de alguna procesión oficial

La procesión mas famosa de Madrid es la del Cristo Medinaceli, que tiene lugar el Viernes Santo y recorre las principales calle del centro de la ciudad desde la parroquia de Jesús de Medinaceli. Hay ademas otros pasos famosos que son sacados estos días como el de los Alabarderos, Jesús Nazareno "el podre" y la procesión del silencio. Seas religioso o no, merece la pena ver la emoción con la que los madrileños pasean a sus santos y como se engalanan las vías mas céntricas de la capital.

 

Prueba las torrijas madrileñas

El típico postre de Semana Santa es todo un éxito en Madrid. No importa si te gustan con leche, con vino o solas, encontraras de todos los tipos en los bares y restaurantes de la ciudad. Son famosas las que sirven en la Casa de las Torrijas, una de las tabernas  mas antiguas y castizas de Madrid. Situada junto a la puerta del sol, sirven torrijas todo el año, ademas de ser típica bodega donde camareros que llevan décadas trabajando allí te sirven tapas de chatos de vino. Si prefieres un local moderno y espacioso, en las Pastelerías Mallorca encontraras este típico postre también. Y ademas en Vait pastelerías puedes probar sus torrijas premium con Baileys, vodka, ron y bourbon, entre otras.


Aprovecha para conocer las
iglesias y catedrales

Madrid esta llena de iglesias y catedrales con encanto que lucen ahora sus galas. Mas allá de la Almudena la ciudad esconde pequeños y grandes templos llenos de belleza. Por ejemplo, la Basílica de San Francisco El Grande, en el barrio la latina, contiene un impresionante cúpula y ofrece unas vistas espectaculares del atardecer madrileño en el mirador adjunto a la iglesia. No os perdáis tampoco la de San Jerónimo El Real, un antiguo monasterio del que solo han quedado en pie la iglesia y un claustro, ni la de San Antonio de los Alemanes, cubierta desde las paredes hasta la cúpula con frescos llenos de detalles.




POR NO PAGAR LA ASISTENCIA ALIMENTARIA DE Gs 300.000 VA A LA CARCEL

La justicia condeno a un hombre a 2 años de cárcel por no pagar Gs.300mil mensuales como asistencia alimentaria para su hijo.

http://paraguayosespa.blogspot.com.es/


El tribunal presidido por el juez Carlos Zelaya e integrado por los magistrados César Solaeche y Ángel Eugenio Fiandro, sentenció a dos años de cárcel, a prueba de la ejecución de la condena, a H.C.M.L tras ser hallado culpable de la comisión del hecho punible de incumplimiento del deber legal alimentario. 
 
La ex pareja del ahora condenado inició una demanda por asistencia alimentaria ante el juzgado de la Niñez y la Adolescencia a cargo de la juez Carmen Violeta Melgarejo, quien dictó Sentencia Definitiva en octubre del año 2011. 
 
En dicha resolución la magistrada resolvió hacer lugar a la acción promovida por la mujer contra el padre de su hijo menor de edad y, en consecuencia, ordenó a este último a pagar por mes adelantado desde la iniciación del juicio en fecha 25 de noviembre del 2011, la suma de 300 mil guaraníes, disposición que no cumplió.
 
El hecho fue denunciado ante el Ministerio Público, por lo que el fiscal Santander realizó diversas diligencias investigaras que permitieron constatar que el sentenciado no realizó deposito alguno en la cuenta de ahorro judicial abierta a favor de su hijo menor de edad.